SENSIBILIZA, SL mantiene su compromiso con la igualdad proponiendo impulsar las Medidas de Igualdad necesarias acorde al artículo 45 de la Ley 3/2007 de igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

 “Todas las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y deben adoptar medidas destinadas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres”, con el objetivo de:

Integrar la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, aplicándola en su estructura organizacional y prácticas de la gestión de personas.

A partir de la consecución de los siguientes objetivos específicos:

• Definir sistemas y criterios claros en áreas cuyas formas de actuación no están sistematizadas, como acceso al empleo, promoción o retribuciones.

• Asegurar que la formación y las posibilidades de desarrollo se ajustan a criterios de igualdad para hombres y mujeres.

• Establecer directrices dirigidas a excluir medidas que afecten negativamente a la conciliación y la corresponsabilidad de la vida personal y/o familiar.

• Establecer medidas eficaces que nos permitan conocer y combatir cualquier comportamiento o conducta que pueda ser considerado como un supuesto de acoso laboral, moral, sexual y por razón de sexo en el trabajo mediante la implantación de un Protocolo para la Prevención del acoso laboral, sexual y por razón de género.

• Establecer medidas eficaces de mejora continua que serán revisados periódicamente.

Esta política será comunicada y puesta a disposición de todas las personas que trabajan en la empresa.